Categoría: I. Marco general · Fecha de referencia:
Actividad Vulnerable
Definición
Actividad Vulnerable es la actividad económica que, por su naturaleza y características, puede ser utilizada para lavar dinero o financiar actividades ilícitas y que está expresamente sujeta a medidas de prevención bajo la LFPIORPI. Las principales actividades se encuentran en el artículo 17 de la ley; las actividades de las entidades financieras se consideran vulnerables en términos del artículo 14.
Información adicional relevante
La clasificación depende del acto u operación concreto, no solamente del nombre comercial de la empresa. Entre los supuestos se encuentran juegos y sorteos, tarjetas y servicios financieros específicos, préstamos no financieros, construcción o desarrollo inmobiliario, comercialización de ciertos bienes, servicios profesionales, fe pública, donativos y activos virtuales. Cada fracción tiene reglas diferentes de identificación, aviso, acumulación y restricciones al efectivo.
Ejemplo o caso
Una empresa que vende casas puede no tener la misma obligación que una empresa que administra rentas, desarrolla fraccionamientos o intermedia operaciones inmobiliarias. Por eso el análisis debe documentar: qué actividad se realiza, quién la realiza, qué acto se celebró, con qué cliente, por qué monto y bajo qué fracción del artículo 17.
Punto de control
la definición debe convertirse en un criterio operativo documentado y verificable.