Categoría: I. Marco general · Fecha de referencia:
Financiamiento al terrorismo - FT
Definición
El financiamiento al terrorismo consiste en proporcionar, reunir, administrar, custodiar o utilizar recursos, de manera directa o indirecta, para apoyar actividades terroristas o a personas u organizaciones vinculadas con ellas. En México se relaciona principalmente con el artículo 139 Quáter del Código Penal Federal.
Información adicional relevante
A diferencia del lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo puede involucrar recursos de origen lícito. Lo determinante puede ser el destino o la finalidad criminal, no necesariamente el origen ilegal del dinero. Por eso las listas de personas sancionadas, organizaciones designadas, países de alto riesgo y señales de desvío de fondos son componentes importantes del sistema PLD.
Ejemplo o caso
Una asociación recibe donativos legítimos y posteriormente envía una parte relevante a una organización extranjera sin información suficiente sobre su propósito o beneficiarios. El origen del dinero puede ser lícito, pero el destino genera un riesgo que debe investigarse mediante controles reforzados, documentación y monitoreo.
Punto de control
la definición debe convertirse en un criterio operativo documentado y verificable.