Categoría: VIII. Registro y medios electrónicos · Fecha de referencia:
Firma Electrónica Avanzada
Definición
La Firma Electrónica Avanzada es el certificado digital previsto por la legislación fiscal y utilizado para autenticar determinados trámites electrónicos. Permite vincular una presentación con el RFC y con el titular del certificado.
En las RCG modificadas se enfatiza que las personas morales, fideicomisos y otras figuras jurídicas deben utilizar la firma asociada a su propio RFC cuando así corresponda, y no sustituirla automáticamente por la de un representante, fideicomitente o apoderado.
Información adicional relevante
Debe controlarse vigencia, titular, RFC, fecha de renovación, equipo o mecanismo autorizado y responsables de custodia. Nunca se deben compartir contraseñas o archivos privados de la firma fuera del procedimiento autorizado.
La plataforma que valida la firma puede conservar el estado del certificado sin almacenar secretos innecesarios: vigente, próximo a vencer, vencido, revocado o pendiente de validación.
Ejemplo o caso
Una sociedad intenta presentar un aviso usando el certificado personal de su representante, aunque el trámite exige el certificado asociado a la sociedad. El portal rechaza la operación y el aviso queda fuera de plazo.
Punto de control
Validar RFC, titular y vigencia antes de presentar trámites. Alertar con anticipación sobre vencimientos y conservar el acuse del envío exitoso.