Firma Electrónica Avanzada | Diccionario PLD
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Categoría: VIII. Registro y medios electrónicos · Fecha de referencia:

Firma Electrónica Avanzada


Definición

La Firma Electrónica Avanzada es el certificado digital previsto por la legislación fiscal y utilizado para autenticar determinados trámites electrónicos. Permite vincular una presentación con el RFC y con el titular del certificado.

En las RCG modificadas se enfatiza que las personas morales, fideicomisos y otras figuras jurídicas deben utilizar la firma asociada a su propio RFC cuando así corresponda, y no sustituirla automáticamente por la de un representante, fideicomitente o apoderado.

Información adicional relevante

Debe controlarse vigencia, titular, RFC, fecha de renovación, equipo o mecanismo autorizado y responsables de custodia. Nunca se deben compartir contraseñas o archivos privados de la firma fuera del procedimiento autorizado.

La plataforma que valida la firma puede conservar el estado del certificado sin almacenar secretos innecesarios: vigente, próximo a vencer, vencido, revocado o pendiente de validación.

Ejemplo o caso

Una sociedad intenta presentar un aviso usando el certificado personal de su representante, aunque el trámite exige el certificado asociado a la sociedad. El portal rechaza la operación y el aviso queda fuera de plazo.

Punto de control

Validar RFC, titular y vigencia antes de presentar trámites. Alertar con anticipación sobre vencimientos y conservar el acuse del envío exitoso.

Aplicación operativa

Vincula el trámite o mensaje con su responsable, fecha, versión, estado y acuse, cuando exista. Calcula los plazos con la regla aplicable.

Fuentes normativas y de consulta