Firma Electrónica | Diccionario PLD
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Categoría: VIII. Registro y medios electrónicos · Fecha de referencia:

Firma Electrónica


Definición

La Firma Electrónica consiste en datos electrónicos asociados a un Mensaje de Datos que permiten identificar al firmante y demostrar que aprueba la información contenida en ese mensaje.

Su función no es solo “dibujar una firma”. Debe permitir relacionar el acto con una persona, un contenido concreto y un momento determinado, de forma que posteriormente pueda verificarse la integridad de la información.

Información adicional relevante

La firma debe utilizarse conforme al procedimiento autorizado y conservarse junto con el documento firmado, certificado o evidencia técnica disponible. Si se modifica el archivo después de firmarlo, la integridad puede quedar comprometida.

En un sistema, conviene registrar firmante, cargo, fecha, IP o sesión cuando sea procedente, documento, versión, hash y resultado de validación. El control de versiones es indispensable.

Ejemplo o caso

Un cliente firma un cuestionario de identificación y después se modifica el monto de la operación dentro del mismo archivo. El sistema debe conservar la versión firmada y generar un nuevo documento para cualquier cambio relevante.

Punto de control

Bloquear documentos firmados, conservar versiones y validar que la firma corresponda al usuario autorizado y al contenido presentado.

Aplicación operativa

Vincula el trámite o mensaje con su responsable, fecha, versión, estado y acuse, cuando exista. Calcula los plazos con la regla aplicable.

Fuentes normativas y de consulta