Auditoría externa independiente | Diccionario PLD
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Categoría: X. Informes, supervisión y control · Fecha de referencia:

Persona auditora externa independiente


Definición

Las Reglas modificadas prevén una revisión anual de la eficacia de las medidas de control por un auditor interno o, cuando corresponda, por una persona auditora externa independiente. La revisión externa es necesaria cuando el sujeto obligado la elige o cuando su riesgo se evalúa como alto; los requisitos y excepciones dependen de los artículos 42 a 46 de las Reglas.

Información adicional relevante

El Acuerdo que incorporó el nuevo capítulo de auditoría se publicó el 7 de agosto de 2026 y entra en vigor, en general, el 30 de noviembre de 2026. El transitorio octavo fija del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028 el primer periodo anual de revisión.

Ejemplo o caso

Una empresa contrata como auditor a un consultor que diseñó sus controles durante el mismo periodo. Aunque conozca el sistema, su participación puede generar conflicto de interés y debe analizarse antes de contratarlo.

Punto de control

Usar un checklist de elegibilidad, declaración de independencia, validación de certificación y aprobación del órgano de gobierno antes del inicio.

Aplicación operativa

Vincula el informe o revisión con su periodo, evidencia, responsable, hallazgos y seguimiento. Conserva las versiones necesarias para reconstruir cada decisión.

Fuentes normativas y de consulta