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Reglas de carácter general ley antilavado 2026

Equipo Editorial Upnify Por Equipo Editorial Upnify

PLD | 14 de agosto, 2026

Las reglas de carácter general ley antilavado marcan una nueva etapa para las empresas que realizan Actividades Vulnerables en México.

El Acuerdo 115/2026 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2026 y modifica disposiciones sobre riesgos, clientes, expedientes, capacitación, monitoreo y auditoría. Para las organizaciones sujetas a este marco, conocer el cambio no es suficiente: también deben identificar qué procesos necesitan ajustes y cuándo debe estar listo cada elemento.

Qué se publicó en agosto de 2026

El Acuerdo 115/2026 reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Reglas de Carácter General relacionadas con la LFPIORPI.

La entrada en vigor general está prevista para el 30 de noviembre de 2026. Sin embargo, los transitorios establecen fechas posteriores para distintas obligaciones. Por eso, no debe asumirse que todo el nuevo esquema comienza el mismo día.

Para dirección, las reglas de carácter general ley antilavado deben separarse entre obligaciones aplicables, fechas posteriores y procesos que requieren preparación.

Esta distinción permite evitar tanto la reacción tardía como la implementación de controles innecesarios.

Un enfoque basado en riesgo

Uno de los cambios centrales es la metodología con Enfoque Basado en Riesgo. La organización deberá contar con una metodología documentada para identificar, analizar, entender y mitigar riesgos relacionados con sus actividades.

Debe considerar factores como clientes o usuarios, productos o servicios, canales de distribución y zonas geográficas, además de otros elementos relevantes para cada sujeto obligado.

La metodología debe formar parte del Manual de Políticas Internas y mantenerse conforme a las condiciones establecidas por las disposiciones aplicables. El cumplimiento deja de ser únicamente documental: la empresa necesita demostrar cómo identifica riesgos y qué hace frente a ellos.

Las reglas de carácter general ley antilavado adquieren así una dimensión operativa. Los criterios deben convertirse en procedimientos que puedan aplicarse de manera consistente.

Clasificación y conocimiento del cliente

La nueva regulación contempla una clasificación mínima de riesgo bajo, medio y alto. Para aplicarla correctamente, la empresa necesita criterios definidos e información suficiente sobre cada cliente o usuario.

También debe considerarse el perfil transaccional, que permite establecer un comportamiento esperado mediante variables como monto, frecuencia y número de operaciones.

Un proceso organizado debe permitir recopilar información, validar datos, determinar la clasificación, registrar el resultado y programar las revisiones correspondientes.

Las reglas de carácter general ley antilavado hacen necesario que esta información pueda gestionarse con orden y trazabilidad, especialmente cuando existe un volumen elevado de clientes.

Beneficiario controlador

La identificación del beneficiario controlador adquiere mayor relevancia. En determinados casos, conocer al representante legal de una persona moral no es suficiente.

Debe identificarse a la persona física o grupo de personas físicas que, directa o indirectamente, obtiene el beneficio derivado de una operación o ejerce el control sobre una persona moral, fideicomiso u otra figura jurídica, conforme a los criterios aplicables.

También debe documentarse cómo se llegó a esa determinación y conservar la información que la sustenta.

Esto exige que las reglas de carácter general ley antilavado se apoyen en expedientes capaces de relacionar personas, documentos, revisiones y responsables.

Fechas que deben considerar las empresas

La implementación será escalonada. Los principales hitos son:

  • 30 de noviembre de 2026: entrada en vigor general del Acuerdo.
  • 1 de marzo de 2027: disponibilidad de la metodología con Enfoque Basado en Riesgo y del Manual de Políticas Internas actualizado, además de diversas disposiciones sobre clasificación, conocimiento del cliente y beneficiario controlador.
  • 1 de junio de 2027: fecha límite para contar con los mecanismos automatizados exigidos.
  • Nueve meses después de la entrada en vigor: disponibilidad de la herramienta de consulta relacionada con Personas Políticamente Expuestas.
  • Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027: primer periodo anual de capacitación obligatoria.
  • Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028: primer periodo anual sujeto a auditoría; el dictamen correspondiente deberá entregarse conforme al plazo establecido por las Reglas.

Las reglas de carácter general ley antilavado deben entenderse como un calendario de preparación. Esperar a cada fecha reduce el margen para adaptar procesos y capacitar equipos.

Mecanismos automatizados y tecnología

La actualización da relevancia a mecanismos automatizados para tareas relacionadas con expedientes, acumulación de operaciones, monitoreo de perfiles, clasificación y generación de alertas.

Esto no significa que exista un único programa obligatorio ni que cualquier CRM sea automáticamente una solución de cumplimiento. La empresa debe analizar sus obligaciones y verificar las funciones que necesita.

La tecnología puede reducir tareas repetitivas, asignar responsables y mantener visibles los pendientes. Para conocer una alternativa orientada a la gestión tecnológica de procesos relacionados con PLD, puede consultarse la solución de PLD de Upnify. Debe entenderse como apoyo para organizar y automatizar actividades, no como garantía automática de cumplimiento.

Las reglas de carácter general ley antilavado hacen especialmente importante esta diferencia: automatizar una tarea no sustituye el análisis, las decisiones ni las responsabilidades del sujeto obligado.

Manual y capacitación

El Manual de Políticas Internas debe reflejar cómo trabaja realmente la organización. Debe relacionarse con la identificación de clientes, clasificación de riesgos, beneficiario controlador, capacitación y atención de situaciones que requieran revisión.

Una estructura coherente puede contemplar:

  • Responsables definidos.
  • Procedimientos documentados.
  • Criterios de clasificación.
  • Reglas de escalamiento.
  • Conservación de evidencias.
  • Capacitación.
  • Revisión periódica.

El primer periodo anual de capacitación comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027. La empresa deberá conservar evidencia de quién participó, qué contenidos recibió y su relación con las obligaciones aplicables.

Auditoría y evidencia

El primer periodo anual sujeto a auditoría será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028, con características diferenciadas según el nivel de riesgo.

En determinados casos puede intervenir el área de auditoría o control interno que reúna los requisitos correspondientes. Para sujetos clasificados con riesgo alto, las condiciones normativas contemplan la participación de una persona auditora externa independiente y certificada.

El resultado debe identificar hallazgos, acciones correctivas, responsables y plazos.

Mantener evidencia durante el año facilita demostrar qué se hizo y qué medidas se tomaron.

Las reglas de carácter general ley antilavado convierten la trazabilidad en un componente importante de la gestión.

Cómo preparar la empresa

La preparación puede comenzar con un diagnóstico. Conviene identificar la Actividad Vulnerable, revisar obligaciones, mapear procesos y detectar información faltante.

Una ruta práctica consiste en:

  1. Definir responsables.
  2. Revisar expedientes.
  3. Establecer criterios de riesgo.
  4. Documentar procedimientos.
  5. Identificar tareas manuales.
  6. Capacitar al equipo.
  7. Seleccionar herramientas de apoyo.
  8. Medir pendientes y corregir brechas.

La tecnología puede ayudar a centralizar información, asignar actividades y mantener seguimiento, pero debe acompañar un proceso previamente definido.

Para consultar información institucional sobre prevención de lavado de dinero, es recomendable revisar el Portal de Prevención de Lavado de Dinero del SAT y contrastar sus disposiciones con las características particulares de cada organización.

Prepararse antes de las fechas

El Acuerdo 115/2026 fue publicado el 7 de agosto de 2026 y establece una implementación escalonada. Para las empresas que realizan Actividades Vulnerables, el reto no termina en conocer el cambio: consiste en convertir las obligaciones en procedimientos que puedan ejecutarse, supervisarse y demostrarse.

Las reglas de carácter general ley antilavado requieren una visión que considere riesgos, clientes, beneficiario controlador, expedientes, capacitación, monitoreo y auditoría.

Upnify puede funcionar como herramienta tecnológica de apoyo para organizar y automatizar determinadas actividades. Su papel debe mantenerse delimitado: facilitar la gestión y trazabilidad de procesos, mientras que la interpretación normativa y el cumplimiento corresponden a la empresa y a sus responsables especializados.

Prepararse desde ahora permite que las reglas de carácter general ley antilavado se incorporen al trabajo antes de las fechas de implementación.

Este contenido tiene fines informativos y no constituye asesoría jurídica. La aplicación de la LFPIORPI, su Reglamento y las Reglas de Carácter General debe analizarse conforme a la actividad, operaciones y nivel de riesgo de cada organización.


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