Reporte: oportunidades sin seguimiento
Mon Jun 13 2022 07:08:25 GMT-0500 (hora estándar oriental)
Consulta las oportunidades a las que les ha faltado seguimiento
Dirígete a Reportes > Oportunidades > Sin seguimiento:
Con este reporte podrás tener un control sobre todas tus oportunidades midiendo cuál es el seguimiento que no se les da a las oportunidades (cualquier anotación).
Al ingresar verás una ventana similar a la siguiente:
Filtros:
Para filtrar datos en el reporte, utiliza los filtros ubicados en la parte superior:
- Agrupar: podrás aplicar filtro por ejecutivos, grupos de venta, líneas de producto, origen, país, región, ciudad, por fase o crea una variante nueva
- Grupo: Por grupo de la fuerza de ventas.
- Moneda: Te muestra el tipo de monedas que tienes dadas de alta en el sistema.
- Nueva variante: Puedes crear el filtro que tu requieras:
Gráfica:
- La información filtrada se mostrará a su vez en una gráfica.
- Si posicionas el cursor sobre la una de las barras te muestra el tipo de contacto y la cantidad.
- Puedes seleccionar o deseleccionar la información dando clic sobre el cuadro de su color correspondiente para que solo el nombre del ejecutivo o grupo seleccionado sea lo que se visualice en la gráfica.
- Te permite ingresar al detalle las oportunidades donde al dar clic sobre la cantidad mas no al detalle de los totales, se verá cuáles son los contactos a los cuáles no se les ha dado seguimiento.
Exportación:
- El detalle se puede exportar en CSV, JSON o MailChimp ya sea los datos de la pantalla o todos.
Importante:
- El reporte mide tomando como base los siguientes criterios:
1- La oportunidad no debe haber cambiado a venta.
2- La oportunidad no debe estar descartada.
3- La oportunidad debe tener como mínimo 8 días de haber sido creada.
4- La fecha de cierre de la oportunidad debe ser menor al día en el que se consulta el reporte. (Menor a hoy)
5- Deben haber transcurrido como mínimo 7 días desde el último seguimiento a oportunidad.
6- La oportunidad no debe tener un recordatorio, si lo tiene, la fecha del recordatorio debe ser menor a la fecha en la que se consulta el reporte. (Menor a hoy).